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Declaraciones de años anteriores y enmendadas

Las declaraciones de años anteriores y enmendadas son el servicio para dos situaciones. La primera es un año, o varios años, que nunca se presentaron. La segunda es una declaración que se presentó pero tiene errores, porque un 1099 llegó tarde, se quedó fuera un dependiente o el preparador cometió un error. Las dos se corrigen de la misma manera: una serie de declaraciones, preparadas en el orden correcto y presentadas ante el IRS y el Franchise Tax Board.

La gente se atrasa por razones comunes. La pérdida de un trabajo, una muerte en la familia, un divorcio, un negocio que no funcionó. Se pasa un año, el siguiente se siente más difícil y luego empiezan a llegar las cartas. Nada de eso tiene que explicárnoslo. Lo que necesitamos son los papeles que usted tenga, y el resto lo podemos conseguir del IRS.

El trabajo se hace en nuestra oficina de Tampa Ave en Reseda. Llame al (818) 401-7468, díganos cuántos años tiene pendientes y le diremos cuál es el primer paso.

¿Qué incluye el servicio de declaraciones de años anteriores y enmendadas?

  • Transcripciones de salarios e ingresos del IRS (wage and income transcripts) de cada año que falta, para ver lo que el IRS ya tiene registrado
  • Transcripciones de cuenta del IRS (account transcripts) para confirmar lo que se ha determinado, pagado o acreditado
  • Preparación de cada Form 1040 federal y Form 540 de California sin presentar, con los formularios y las tasas de ese año
  • Declaraciones presentadas en el orden que lo protege, porque los reembolsos de años viejos vencen y los saldos de otros años siguen creciendo
  • Form 1040-X y Schedule X de California (Anexo X) cuando una declaración presentada necesita corregirse con una declaración enmendada
  • Solicitudes de alivio de multas cuando usted califique, incluso el alivio por primera vez (first time abatement)
  • Ayuda para establecer un plan de pagos a plazos con el IRS y el FTB para cualquier saldo que quede después de presentar
  • Una copia completa de cada declaración presentada, con las transcripciones adjuntas

¿Qué debo traer?

  • Cualquier declaración ya presentada de años cercanos
  • Todos los W-2 y 1099 que encuentre de los años que faltan, aunque no estén completos
  • Cartas del IRS o del FTB, todas las páginas
  • Estados de cuenta bancarios de esos años
  • Identificación con foto

¿Cómo se cobran los honorarios?

Los honorarios se cotizan por declaración, según los formularios y anexos que requiere cada año y cuánto hay que reconstruir de los registros. Un año con un solo W-2 y una transcripción cuesta menos que un año con un negocio y sin registros. Los honorarios nunca dependen de un reembolso. Usted recibe una cotización por escrito que cubre todos los años pendientes antes de empezar. Si un año resulta más complicado de lo que mostraba la transcripción, se lo decimos antes de seguir. Vea la página de honorarios.

¿En qué orden se presentan las declaraciones?

Por lo general, de la más antigua a la más reciente, con una excepción: si un año reciente tiene un reembolso que está por vencer, esa declaración va primero. Los reembolsos federales vencen tres años después de la fecha límite original. Una vez presentadas las declaraciones, si queda un saldo, le ayudamos a establecer un plan de pagos a plazos y a solicitar alivio de multas donde las reglas lo permitan. Si llega un aviso mientras se preparan las declaraciones, nuestro servicio de apoyo con auditorías y respuesta a avisos prepara la respuesta al mismo tiempo.

¿Qué pasa cuando ya estoy al día?

La próxima primavera usted presenta a tiempo con nuestro servicio de preparación de impuestos personales, con una copia de cada año anterior en su expediente. Ponerse al día es lo difícil. Mantenerse al día es una cita al año en nuestra oficina de Reseda en Tampa Ave.

Preguntas sobre declaraciones de años anteriores y enmendadas

¿Cuántos años atrás tengo que presentar?

Por lo general, el IRS pide los últimos seis años para considerarlo al día, aunque puede pedir más. Primero sacamos sus transcripciones de salarios e ingresos del IRS, que muestran los W-2 y 1099 registrados para cada año, y empezamos desde ahí.

¿Qué pasa si no encuentro mis W-2 de esos años?

Es algo normal, y por eso empezamos con las transcripciones. La transcripción de salarios e ingresos del IRS muestra lo que empleadores, bancos y corredores de bolsa reportaron a su nombre cada año. Reconstruimos la declaración con eso, sus estados de cuenta bancarios y lo que usted recuerde.

¿Cuánto tiempo tengo para enmendar una declaración?

Por lo general, tres años desde la fecha en que presentó la declaración original, o dos años desde que pagó el impuesto, lo que sea más tarde, para reclamar un reembolso. Si la enmienda significa que debe más, no hay fecha límite, y presentarla pronto reduce los intereses.

¿Recibió una carta del IRS o del FTB?

No la deje para después. Los plazos de esas cartas son reales. Llámenos hoy y traiga el sobre completo.

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